Las modificaciones introducidas contemplan la incorporación de procesos digitales, entre ellos:
- Entrega digital del libro de protocolo a la Sección del Notariado, utilizando firma electrónica certificada y reconociendo la existencia del documento electrónico notarial (Art. 23).
- Presentación electrónica de documentos anexos que forman parte del protocolo, incluyendo los poderes especiales otorgados por los comparecientes (Art. 24).
- Registro electrónico de devolución de libros de protocolo (Art. 25).
- Extensión de testimonios electrónicos de los libros de protocolo devueltos (Art. 45).
- Entrega digital de testamentos abiertos mediante firma electrónica certificada (Art. 47).
Estos cambios representan un paso firme hacia la modernización del sistema de justicia, fortaleciendo la función notarial en el entorno digital.
El ejercicio del notariado electrónico
El notariado electrónico permite que los ciudadanos elijan entre otorgar instrumentos de manera física o electrónica, utilizando la firma electrónica regulada por la ley especial correspondiente.
En cualquiera de las dos modalidades —documento físico o electrónico— el valor probatorio es idéntico, garantizando que ninguna autoridad judicial o administrativa pueda rechazarlo únicamente por su formato. Este principio se encuentra respaldado por el Principio de Equivalencia Funcional (Art. 4, letra d, Ley de Firma Electrónica).
No obstante, la reforma no exime al notario de cumplir con los requisitos esenciales, tales como:
- Identificar a los comparecientes mediante DUI (si son salvadoreños).
- La comparecenia de la persona que realizara el documento y el Abogado y Notario Salvador en el mismo lugar, Estado o Pais, al momento de la firma.
- Leer y explicar íntegramente el documento en un acto ininterrumpido.
- Por ello, un abogado y notario en California, por ejemplo, no puede atender a un cliente en otro estado sin estar frente a frente con él, ya que la presencia física sigue siendo indispensable.
Conclusión
Las reformas a la Ley de Notariado constituyen un avance significativo en la incorporación de la firma electrónica dentro de la práctica notarial. Sin embargo, aún queda pendiente el verdadero salto hacia un notariado digital pleno, que permita a los ciudadanos elegir libremente entre la modalidad física o electrónica, con la certeza de que sus documentos serán reconocidos y aceptados sin temor ni desconfianza.
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Las modificaciones introducidas contemplan la incorporación de procesos digitales, entre ellos:
- con él, ya que la presencia física sigue siendo indispensable.
Conclusión
