Buenos dias mi comunidad y clientes salvadoreños. Recientemente hemos tenido muchas preguntas sobre la nuevas reformas de la Ley de Notariado; sobre la Firma Electronica que entrara en vigencia en El Salvador para ser ocupados por los Abogados y Notarios Salvadoreno autorizados por la Corte Suprema de Justicia de El Salvador.
Licenciada, y yo puede firmar electronicamente? Me puede mandar los documentos por correo y se los firmo?
La Primera pregunta que hemos tenido es: Licenciada, y yo puede firmar electronicamente? Me puede mandar los documentos por correo y se los firmo?
NO! esto no es adecuado. La firma electronica no es asi, no es que la computadora te generara una firma. Esta es una mala concepcion. El cliente AUN tiene que venir aca a la oficina o el Notario Salvadoreno se tiene que desplazar a que el CLIENTE FIRME PERSONALMENTE.
El documento sera enviado automaticamente para El Salvador?
La segunda pregunta que nos han realizado es, este documento sera enviado automaticamente para El Salvador?
La respuesta a esta interrogante es NO, siempre tiene que tener un testimonio y una copia testimonial.
Basicamente el tramite sera el mismo, pero abran mas obligaciones y requisitos para los Abogado y Notario Salvadorenos de El Salvador.
No hagas documento “ remotos”, estos documentos no son legales. Siempre consulta y ve con un Notario de El Salvador o Notario Salvadoreno.
Para mas información por favor de contactarnos por forma preferida.