Cuando una persona utiliza uno o varios nombres para ser identificado es necesario que se realice una escritura de identidad, para que legalmente él pueda ser identificado por estos nombres; de no ser así la persona legalmente solo se llama como se lo muestra en su partida de nacimiento.
Muchas veces esto sucede cuando nos encontramos residiendo en el extranjero y en este país somos conocidos por un nombre diferente. Para que en El Salvador pueda utilizar estos nombres deberá de realizar esta escritura, posteriormente es necesario que se se margine su partida de nacimiento y en el cual se establece que esta persona tiene uno o varios “conocido por”Requisitos:
- Partida de nacimiento (no importa cuando fue extendida)
- Documento para identificarlo (dui, pasaporte o dos testigos)
- Dos testigos que puedan acreditar que ella o el ha utilizado estos nombres.